Abogados expertos listos para ayudarte con "Delitos informáticos"
El acelerado crecimiento de las Tecnologías de Información y Comunicación (TICs) ha permitido vislumbrar un gran cambio en cómo los seres humanos nos relacionamos con otras personas, desde nuestras relaciones personales, laborales y académicas hasta nuestros hábitos de consumo. Por ello, compartir nuestra información personal en internet supone un riesgo para los consumidores de ser víctimas de un delito informático.
De acuerdo con la abogada María de Lourdes Delgado Granados, se puede definir al derecho informático como el conjunto de normas jurídicas tendientes a regular la propiedad, uso y abusos de los equipos de cómputo y de los datos que se transmiten en forma electromagnética.
En este sentido, la academia Informática Legal retoma la clasificación del Doctor en Derecho Miguel Sumer Elías, sobre el derecho y la informática, misma que te presentamos a continuación:
De acuerdo con el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico el delito informático, también conocido como ciberdelito, es la infracción penal cometida utilizando un medio o un instrumento informático.
En un principio, los países intentaron encuadrar los delitos informáticos en tipos penales tradicionales, tales como robo, fraude, abuso de confianza, falsificación, perjuicio, etc. Sin embargo, el acelerado crecimiento de las TICs ha vuelto necesaria la regulación específica de estos delitos en los ordenamientos jurídicos.
En este sentido, el Convenio sobre la Ciberdelincuencia del Consejo de Europa, también conocido como Convenio de Budapest es un acuerdo internacional que establece las herramientas legales para perseguir penalmente los ciberdelitos. De acuerdo con el periódico Milenio, en 2014 el gobierno federal anunció la adhesión de México al Convenio de Budapest.
Este convenio clasifica a los delitos en cuatro tipos de cibercrimen:
Si deseas saber más sobre este tema, visita nuestro artículo sobre ciberseguridad.
Diana Medina Gómez, estudiante de la Licenciatura en Derecho en la UNAM, en su análisis sobre los delitos cibernéticos y los problemas a enfrentar, menciona que pocos países disponen de la legislación necesaria para enfrentarse a estos delitos. Entre las naciones que han creado una regulación para los delitos cibernéticos, se encuentran:
Sin embargo, en nuestro país no existe una regulación específica para los delitos informáticos, si bien se pueden encontrar sanciones para ilícitos llevados a cabo mediante recursos tecnológicos en diversos ordenamientos, el sector financiero es el que más ha avanzado en este aspecto.
Las empresas que obtienen datos personales tienen la obligación de garantizar su seguridad y así evitar fraudes a sus clientes, visita nuestra guía sobre los Aspectos legales de una empresa para saber más.
Es importante resaltar la importancia de proteger la información que compartimos en internet, mediante redes sociales o para realizar trámites, para evitar ser víctimas de robo de identidad o fraude. Si deseas saber más sobre este tema, visita nuestro artículo: Identidad digital, ¿Cómo se construye?
En nuestro Código Penal Federal únicamente se encuentran previstos los siguientes delitos informáticos:
Por otro lado, en el ámbito financiero, el artículo 112 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito sanciona, con prisión de 3 a 9 años y de 30,000 a 300,000 días multa, al que sin causa legítima o consentimiento de quien esté facultado para otorgarlo, respecto de tarjetas de crédito, débito, cheques, formatos, esqueletos de cheques o cualquier otro instrumento de pago, de los utilizados o emitidos por instituciones de crédito del país o del extranjero:
Queda claro que aún nos falta un largo camino por recorrer, puesto que los ordenamientos jurídicos deben actualizarse conforme se van suscitando cambios en la sociedad. ¿Deseas saber más sobre delitos informáticos? visita Contacta Abogado®, donde se encuentran los mejores especialistas en Derecho Penal y Derecho informático. ¡Bienvenido a la nueva era del abogado digital!
Fuentes y enlaces de interés
Código Penal Federal. (última reforma publicada en el DOF el 1 de junio de 2021).
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9_010621.pdf
Diana Medina Gómez. Los delitos cibernéticos y los problemas a enfrentar.
https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/hechos-y-derechos/article/view/14381/15543
Diccionario Panhispánico del Español Jurídico. “Delito Informático”.
https://dpej.rae.es/lema/delito-informático
Informática Legal. Derecho informático e informática legal.
http://www.informaticalegal.com.ar/derecho-informatico/
Ley de Instituciones de Crédito. (última reforma publicada en el DOF el 20 de mayo de 2021).
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/43_200521.pdf
María de Lourdes Delgado Granados. Delitos informáticos, delitos electrónicos.
http://www.ordenjuridico.gob.mx/Congreso/pdf/120.pdf
Milenio. México se adhiere a Convenio de Budapest (03/04/2014).
https://www.milenio.com/policia/mexico-se-adhiere-a-convenio-de-budapest
Aspectos legales de una empresa (guía Contacta Abogado)