Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil: Antecedentes y Acciones legales

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El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), consiste en una base de datos con información personal de todos los titulares de líneas telefónicas móviles en México.

La creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), ha sido un tema controversial entre aquellos que usamos un teléfono celular. En este artículo te contamos qué es el PANAUT, sus antecedentes y las acciones legales que se están tomando, pues no es la primera vez que las autoridades solicitan datos personales a través de las líneas telefónicas móviles.

¿Qué es el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil?

El 16 de abril de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Con motivo de la reforma, se creó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), el cual consiste en una base de datos con información personal de todos los titulares de líneas telefónicas móviles en México.

De acuerdo con el artículo 180 Ter de la ley, la información que deberá contener el padrón sobre cada línea telefónica, es la siguiente:

● Número de línea telefónica móvil;

● Fecha y hora de la activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM;

● Nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario;

● Nacionalidad;

● Número de identificación oficial con fotografía o Clave Única de Registro de Población del titular de la línea;

● Datos Biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral, conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que al efecto emita el Instituto;

● Domicilio del usuario;

● Datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados;

● Esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea pospago o prepago, y

● Los avisos que actualicen la información descrita en los puntos anteriores.

De acuerdo con el artículo cuarto transitorio del decreto por el que se reforma y adiciona esta Ley, quienes ya contamos con una línea telefónica contamos con un plazo de dos años para cumplir con las obligaciones de registro; transcurrido ese plazo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones solicitará la cancelación de forma inmediata de aquellas líneas que no hayan sido identificadas o registradas.

¿Quieres saber más sobre los Datos Biométricos? Te invitamos a leer el artículo Entrega de datos biométricos a un padrón de gobierno.

Las asociaciones civiles que están en contra del padrón, recuerdan el fracaso del RENAUT en 2009, un registro similar para usuarios de telefonía celular.

Antecedentes

La Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), organización mexicana dedicada a la defensa de los derechos humanos en el entorno digital, recordó el caso del fallido Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil de México (RENAUT), una propuesta de registro similar lanzada en 2009 durante el gobierno de Felipe Calderón.

De acuerdo con El Economista, por deficiencias detectadas en sus apenas dos años de operación, el 29 de abril de 2011 el Senado derogó el RENAUT y en sustitución creó un nuevo modelo que pretende la geolocalización inmediata de los celulares desde donde los delincuentes cometan extorsiones, intentos de secuestro o amenazas.

Asimismo, la revista Forbes México menciona que el RENAUT representó un elevado costo y su implementación estuvo plagada de problemas técnicos y legales. Por ello, el 15 de junio de 2012, la Secretaría de Gobernación destruyó la base de datos y todos los registros asociados al RENAUT, ya que previo a esto se filtró la información, siendo posible comprar la base de datos completa del RENAUT, lo que ocasionó una falta de confianza de la población en general sobre el registro.

¿Qué acciones legales se están tomando?

En relación con los antecedentes mencionados, algunas personas están optando por solicitar un amparo para proteger sus derechos. Si quieres saber más sobre este recurso legal, visita nuestro artículo Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil: ¿Puedo pedir un Amparo?

Por otro lado, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) informó el pasado 12 de mayo que presentará una controversia constitucional contra diversas disposiciones del decreto por el que se crea el PANAUT:

“El Instituto no podría destinar en este momento recursos al PANAUT, debido a que el presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados para el ejercicio fiscal 2021 no contempla recursos para poner en marcha dicho registro. Por lo que el mandato legislativo para que el IFT lleve a cabo acciones para instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil configura una afectación directa a una garantía institucional de este órgano autónomo prevista en la Constitución.”

De igual forma, el Pleno consideró que el acto legislativo contiene elementos que podrían contraponerse con el mandato del IFT de garantizar los derechos contenidos en los artículos 6º y 7º de la Constitución, así como de favorecer el acceso a los servicios de telecomunicaciones, que son derechos fundamentales.

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Fuentes:

Forbes México: RENAUT Reloaded

El Economista: Dejan colgado al RENAUT

IFT: El Pleno del IFT aprueba interponer controversia constitucional en contra de diversas disposiciones del decreto por el que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. (Comunicado 42/2021) 12 de mayo

R3D, Red en Defensa de los Derechos Digitales: Legisladores buscan revivir el renaut con el registro de usuarios de telefonía móvil

Diario Oficial de la Federación


Enlaces de interés:

Entrega de datos biométricos a un padrón de gobierno

Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil: ¿Puedo pedir un Amparo?

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